CONVOCATORIA PARA LA DESIGNACIÓN DE LA PERSONA INTERINA DE LA AYUDANTÍA MUNICIPAL DE LA COLONIA MODESTO RANGEL

1 de abril de 2026

CONVOCATORIA PARA LA DESIGNACIÓN DE LA PERSONA INTERINA DE LA AYUDANTÍA MUNICIPAL DE LA COLONIA MODESTO RANGEL

BASES, CONVOCATORIA Y PROCEDIMIENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE LA PERSONA QUE FUNGIRÁ COMO TITULAR DE LA AYUDANTÍA INTERINA, EN LA COLONIA MODESTO RANGEL, MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS, 2026-2027.

Conforme al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 110, 112, 114, 116 y 117 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, conforme a las facultades que establece el artículo 38 fracción XV, 100, 101, 102, 103, 104 y 107 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos, 1, 2, 3, 5, 7, 10, 12, 13, 15, 16, 17, 19, 20, 33, 36, 42, 43, 44, 48 del Reglamento para el Funcionamiento de las Autoridades Auxiliares en la modalidad de Ayudantes y Delegados municipales en el Municipio de Emiliano Zapata, Morelos; y el acuerdo de Cabildo que aprueba la creación de una Ayudantía Municipal, cuya ubicación se propone en el parque de la colonia Modesto Rangel, municipio de Emiliano Zapata, Morelos, es procedente poner a consideración la emisión de las Bases, Convocatoria y Procedimiento para la designación de la persona que ejerza de manera interina el cargo en la Ayudantía Municipal de la Colonia Modesto Rangel, creada por acuerdo de Cabildo, desde su nombramiento y hasta la conclusión de la administración pública 2025-2027, ejerciendo el cargo hasta el 31 de marzo del año 2028.

BASES

1. Desde el inicio de la administración municipal de este periodo constitucional, se procedió al diagnóstico de las muchas necesidades del municipio, atendiendo puntualmente aquellas, que administraciones pasadas ignoraron y no constituían intereses de su administración.

2. El Ayuntamiento de Emiliano Zapata, Morelos 2025-2027, con la responsabilidad y vocación de atender responsablemente las necesidades más apremiantes de la ciudadanía, en este caso, a través de autoridades auxiliares que ofrezcan la cercanía entre la administración y la población en general, generando accesibilidad a los servicios públicos y la atención de necesidades locales.

3. La creación de la Ayudantía Municipal de la colonia Modesto Rangel, obedece a la participación ciudadana, y el compromiso institucional de atender puntualmente el desarrollo social de nuestras comunidades.

4. La creación de la Ayudantía de la Colonia Modesto Rangel, en reconocimiento a la figura histórica del General Agrarista y héroe de la Revolución Mexicana, implica que, al instituirse dicha Ayudantía con su nombre, se lleve a cabo el procedimiento correspondiente, incluyendo la emisión de la Convocatoria respectiva para la designación de la persona que la encabece con carácter de interina, a efecto de concluir la presente administración municipal constitucional. Asimismo, se establece que la elección de la titularidad definitiva deberá realizarse en el mes de marzo de 2028, mediante voto popular, libre, directo y secreto, en términos de lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos.

5. Para el desarrollo integral de la comunidad, la Ayudantía de la Colonia Modesto Rangel, procuraran el bien común a través de los planes y programas de desarrollo de la comunidad dentro de su ámbito territorial, en concordancia al plan municipal de Desarrollo.

6. Atendiendo los lineamientos emitidos mediante acuerdo IMPEPAC/022/2025, aprobado en su sesión del 24 de enero del 2025, que da prioridad a las candidaturas para mujeres, y aunado a que en la elección de autoridades auxiliares del Ayuntamiento de Emiliano Zapata, Morelos, en marzo del 2025, la elección de delegados y ayudantes municipales se designó exclusivamente para mujeres en las ayudantías de las colonias de la Tres de Mayo, y Tepetzingo, así como en la Delegación de Benito Juárez, siendo alternativa en géneros, registro para Hombre o mujer, para las ayudantías de colonias de Tetecalita y Tezoyuca, y en la Delegación Pro-Hogar, por lo que en la secuencia de criterios poblacionales, corresponde asignar esta designación como género exclusivo para mujeres que se inscriban, en este proceso.

7. Los integrantes del Ayuntamiento de Zapata, Morelos, en Cabildo, por esta ocasión conforme a las presentes Bases, Convocatoria y Procedimiento se efectuará la designación de la persona que fungirá como titular interina, de la Ayudantía de la Colonia Modesto Rangel, desde la calificación, designación y toma de protesta.

En concordancia a las bases señalas, se emite la siguiente:

CONVOCATORIA PARA LA DESIGNACIÓN DE LA PERSONA INTERINA DE LA AYUDANTÍA MUNICIPAL, EN LA AYUDANTÍA DE LA COLONIA MODESTO RANGEL, MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS.

PRIMERA. Se convoca a las personas interesadas a participar en la designación de interina de la Ayudantía Modesto Rangel, por el periodo que inicia con el procedimiento que se haga por el Cabildo Municipal y su toma de protesta por parte del Presidente Municipal o quien legalmente lo represente, y que fungirá hasta el día 31 de marzo del año 2028, quienes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

I.- Ser morelense por nacimiento o con residencia efectiva de tres años anteriores a la fecha de la designación, en pleno goce de sus derechos con la ciudadanía del estado;

II.- Tener más de veintiún años cumplidos al día de la designación;

III.- Saber leer y escribir;

IV.- No ser ministro de algún culto, salvo que hubiere dejado de serlo con la anticipación y en la forma que establezca la ley reglamentaria del Artículo 130 de la Constitución Federal;

V.- No ser Consejero Presidente o Consejero Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, ni Magistrado del Tribunal Electoral del Estado de Morelos, así como formar parte del personal directivo del Organismo Público Electoral de Morelos, aún si se separan de sus funciones, conforme a lo dispuesto en el Artículo 23 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos;

VI.- Tampoco podrán ser, los que tuvieren mando de fuerza pública, si no se separan de su cargo o puesto noventa días antes del día de la designación;

VII.- Tener reconocido arraigo en la comunidad;

VIII.- Tener disposición y tiempo suficiente para cumplir la responsabilidad del cargo;

IX. No haber sido condenado por delito intencional, y

X. Apegarse al proceso, suscribir y presentar los documentos solicitados correspondientes y aceptar las decisiones que el Cabildo asuma en el presente proceso.

SEGUNDA. Las inscripciones se realizarán en la Secretaría Municipal del Ayuntamiento en días hábiles, un horario de 8:30 horas a las 15:30 horas, desde el día de la aprobación de estas Bases, Convocatoria y Procedimiento, hasta las 15:30 horas del día 15 de abril del 2026.

TERCERA. Las interesadas deberán presentar para su inscripción:

I.- Copia simple de credencial para votar vigente, y original para cotejo;

II. Constancia de residencia reciente, expedida por el Ayuntamiento, la cual se expedirá gratuitamente a las interesadas en el proceso y solo será válida para ese efecto;

III. Carta Compromiso de en caso de ser electo como interina, para desempeñarse leal y patrióticamente en el cargo, por el periodo que se convoca al cargo:

III. Carta compromiso donde bajo protesta de decir verdad, manifieste que no ha sido condenado por delito intencional, ni enfrenta proceso penal al momento del registro, la cual suscribirá con firma y huella dactilar;

IV. Constancia de que no es deudora alimentaria al momento de la inscripción;

V. Carta de exposición de motivos por la cual desea desempeñarse en el cargo de Ayudante de la Colonia Modesto Rangel, de Emiliano Zapata Morelos.

VI. Llenar la cédula de inscripción correspondiente que se le facilitará en la Secretaria Municipal del Ayuntamiento, otorgando tres fotografías tamaño infantil, quedando una en su hoja de registro, y dos para los formatos del proceso.

VII. Otorgar cuenta de correo electrónico y número telefónico con paquetería de WattsApp, donde acepta que se le pueden generar todas las notificaciones oficiales correspondientes a las Bases, Convocatoria y Procedimiento.

CUARTA. Todas las circunstancias imprevistas, se resolverán por acuerdo del Presidente Municipal Constitucional, y se publicarán en estrados de la Secretaría Municipal y en Internet en la página oficial del municipio de Emiliano Zapata, Morelos.

QUINTA. En la hipótesis de que no se registre ninguna persona, el Cabildo del Ayuntamiento declarará desierta la inscripción y resolverá lo conducente, pudiendo designar libremente a la ciudadana que fungirá como autoridad auxiliar interina de la Ayudantía de la Colonia Modesto Rangel, por el periodo correspondiente de esta convocatoria.

SEXTA. Las decisiones que tome el Cabildo en el desarrollo de las presentes Bases, Convocatoria y Procedimiento en la designación de la persona que fungirá como interina, de la Ayudantía de la Colonia Modesto Rangel, de Emiliano Zapata Morelos, son inapelables y no admiten recurso ordinario alguno.

PROCEDIMIENTO.

  1. Una vez culminado el periodo de inscripción a que se refiere la convocatoria, la Secretaría Municipal, integrará los expedientes, y calificará se hayan presentado todos los requisitos.
  2. En caso de existir alguna irregularidad se emitirá una prevención y se le notificará personalmente a la candidata, por paquetería de WattsApp y en el correo electrónico otorgado, y se les dará un plazo de tres días hábiles para solventarlo, en caso de no solventar la prevención se tendrá por no presentada la solicitud de registro, quedando sin efecto su participación en esta designación.
  3. Una vez culminado el plazo anterior o sin que se hayan presentado prevenciones, se emitirá la lista de personas inscritas al proceso de esta designación.
  4. El Presidente Municipal a través de la Secretaría Municipal, convocará a Cabildo y por mayoría absoluta de sus integrantes, se designará a la persona para ocupar el cargo de Ayudante Municipal de la Colonia Modesto Rangel de Emiliano Zapata, Morelos.
  5. Se ordenará en el acuerdo de Cabildo correspondiente la fecha de la toma de Protesta de la persona designada como Ayudante Municipal Interina de la Colonia Modesto Rangel de Emiliano Zapata, Morelos, así como lugar que se habilitará para dicho evento solemne, y será tomada la Protesta de Ley por el Presidente Municipal o la persona que él designe al efecto en su representación; la citada Toma de Protesta será a más tardar el 30 de abril del 2026.

TRANSITORIOS

PRIMERO. Las presentes Bases, Convocatoria y Procedimiento para la designación de la persona que fungirá como interina, de la Ayudantía de la Colonia Modesto Rangel, de Emiliano Zapata, entrará en vigor al momento de su aprobación por el Cabildo de Emiliano Zapata, Morelos.

SEGUNDO. Publíquese en la Gaceta Municipal para su máxima publicidad y en las redes sociales del Ayuntamiento de Emiliano Zapata, Morelos.

TEECERO. Las autoridades de la administración central como los órganos descentralizados del Municipio de Emiliano Zapata, Morelos, están obligados a coadyuvar en el ámbito de sus atribuciones, con las presentes Bases, Convocatoria, Procedimiento y Toma de Protesta para la designación de la persona que fungirá como interina, de la Ayudantía de la Colonia Modesto Rangel, de Emiliano Zapata, Morelos.

“Compromisos que se ven, resultados que se sienten”

A T E N T A M E N T E

AYUNTAMIENTO MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS

LIC. J. SANTOS TAVAREZ GARCÍA

PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL